¿Qué es el conflicto de interés?

- Artículos - diciembre 13, 2021
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Aunque no hay una definición general o única del conflicto interés, en el marco jurídico podemos encontrar cierta clarificación.

En el artículo 8 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, se señala que habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial e independiente de su empleo, cargo, funciones o comisiones.

En el mismo artículo se establece que todo servidor público deberá excusarse de intervenir, por motivo de su encargo, en cualquier forma en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que tenga interés personal, familiar o de negocios, incluyendo aquellos de los que pueda resultar algún beneficio para él, su cónyuge, o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado, o parientes civiles o para terceros con los que tenga relaciones profesionales, laborales o de negocios, o para socios o sociedades de las que el servidor público forme o haya formado parte.

Es importante aclarar que un conflicto de interés puede ser positivo o negativo, sea para beneficiar a alguien cercano o para actuar en detrimento de otro. Un conflicto de interés no implica de facto una acción errónea o ilegal, pero debe ser propiamente identificado y tratado de manera transparente y efectiva. Cuando un conflicto de interés se ignora, se actúa indebidamente, y las conductas o acciones (no el conflicto en sí) se pueden interpretar como ejercicio abusivo de funciones, tráfico de influencias o bien, derivar en otras conductas o acciones que violan la ley.

La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), reconoce que existen tres tipos de conflictos de interés:

Conflicto de interés real

Implica un conflicto entre el deber público y los intereses privados de un funcionario público, en el que el funcionario público tiene intereses personales que pueden influir de manera indebida en el desempeño de sus deberes y responsabilidades oficiales.

Conflicto de interés aparente

Existe cuando pareciera que los intereses privados de un funcionario público son susceptibles de sospechas porque puede influir indebidamente en el desempeño de sus funciones, aunque no sea el caso.

Conflicto de interés potencial

Surge cuando un funcionario público tiene intereses privados de naturaleza tal que pueden conducir a un conflicto en caso de que, en un futuro, el funcionario sea implicado o tuviera que participar en responsabilidades oficiales relevantes.

Este tipo de problemática se atiende de mejor manera desde el lado de la prevención, educación y participación social. El conflicto de interés, como fenómeno complejo, requiere de una solución que comprenda la dimensión ética y social de la problemática, que permitirá contar con una administración pública más íntegra, eficiente y transparente.

Información obtenida de la Secretaría de la Función Pública, Unidad Especializada en Ética y Prevención de Conflicto de Intereses.

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