El lugar de investigación forense. Parte 1

- Artículos - noviembre 3, 2022
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Por: Gerardo Jair Jaime González

El lugar de la investigación forense es el sitio o espacio en donde se ha cometido un hecho probablemente delictivo, y en donde se encontrarán indicios. El lugar de investigación forense es conocido como Lugar de Intervención, Escena del Crimen, Lugar de Investigación y Espacio Físico de Investigación Forense. El propósito fundamental de su estudio es el de lograr recabar indicios para su estudio y realizar la recreación del hecho para llegar a una certeza técnica-científica.

A continuación, explicaremos los siguientes conceptos relacionados con el lugar de investigación forense:

Escena del crimen: este término se encuentra muy posicionado en el personal que labora en las diferentes áreas de procuración y administración de justicia, incluso en las aulas de educación superior relacionadas con el tema, esto, a pesar de la plena conciencia de saber, no refleja nuestra realidad. Se percibe que la tendencia de tan popular uso es muy parecida a la de EUA y, además, en franco aumento por las certificaciones de “The International Criminal Investigative Training Assistance Program” (ICITAP) impartida por instructores de EUA a personal de nuestro país y que obviamente trasmiten sus conceptos.

Se tiene la certeza que la utilización de término “escena del crimen” es correcto; sin embargo, no existe concordancia con la terminología relacionada con los hechos presuntamente delictivos y la investigación de éstos, ya que en nuestro país el crimen no existe, no así los delitos. Crimen y delito son términos utilizados como sinónimos. Sin embargo, existe una diferencia abismal, pues la denominación “delito” es genérica, y “crimen” se entiende como un delito más grave, inclusive en ciertos países, un delito ofensivo en contra de las personas.

Delito etimológicamente deriva del verbo latino delinquere, cuyo significado es: abandonar, apartarse del buen camino, alejarse del sendero señalado por la ley[1]. La mayoría de las escuelas en estricto sentido, lo definen como: como una conducta, acción u omisión típica (es decir que se encuentra descrita por la ley), antijurídica (contraria a Derecho) culpable y punible.

Por otro lado, crimen significa en una de sus muchas acepciones “matar o herir de gravedad a una persona”. Es importante mencionar que la palabra crimen fue inventada por los romanos y se ha conservado hasta nuestros días, para ellos tenía un significado distinto, ya que era sinónimo de maldad, asesinato, impiedad, objeto de terror, etc.

Entonces, derivado de lo anterior en nuestro país no puede existir la “escena del crimen”, ya que jurídicamente no existen los crímenes en México, en EUA sí; en México existen los delitos, atendiendo a esta parte se tendría que hablar de Escena del delito; en otro orden de ideas, desde la parte etimológica no podríamos hablar de crimen porque sólo hace referencia a homicidios, y los presuntos hechos delictivos pueden ser tan variados que no lo podemos acotar o limitar única y exclusivamente al ya mencionado homicidio. Además de que se tienen que realizar las investigaciones pertinentes. Hablar de “escena del crimen” es dar por hecho el delito, cuando aún no se han obtenido los datos técnico-científicos que lo avalen.

A manera de conclusión, este concepto no tiene validez, ya que carece de solidez en el ámbito de las ciencias forenses por la incompatibilidad de su significado con el objeto de estudio de la Criminalística.

Lugar de Investigación: para este concepto no hay una definición o argumentos de lo que se debe entender por tal lugar. En el acuerdo A/078/12 de la Procuraduría General de la República, en su apartado décimo quinto menciona que “(…) la fijación del lugar sujeto a investigación es el paso metodológico y fundamental en la Cadena de Custodia mediante el cual se ilustra en forma precisa la ubicación, dirección, trayectoria, forma, color, apariencia, etc., de un indicio o evidencia material localizado en el lugar de los hechos y/o del hallazgo.”[2]

A pesar de que se hace referencia al lugar de investigación, en el acuerdo antes mencionado, no existe una conceptualización de lo que realmente es, lo que conlleva a que existan dudas o lagunas para poderlo definir.

Si nos encontramos en el contexto de las ciencias forenses, una definición básica de lugar de investigación sería: sitio donde se ha cometido un hecho presuntamente delictivo o tiene relación con éste. Sin embargo, esa es la problemática, lugar de investigación es un concepto abierto que, dependiendo del contexto, experiencia y/o profesión de quien lo utiliza se le podrá dar una connotación diferente.

Por ejemplo, ya vimos que si estamos en un ámbito forense y escuchamos lugar de investigación de inmediato pensaremos en un sitio donde probablemente sucedió un hecho delictivo y se tienen que hacer las acciones de preservación y procesamiento; pero si el concepto es utilizado por un arqueólogo de inmediato se pensara en una zona arqueológica o incluso museos; si hablamos de arquitectura el lugar de investigación puede ser la investigación de un espacio para determinar su habitabilidad, incluso puede ser un municipio, un estado e incluso un país; de hecho, en Derecho lugar de investigación puede ser tan variable como sus ramas, por ejemplo, en Derecho familiar puede ser la casa o el lugar donde habita la familia, en laboral, puede ser la empresa o institución donde el trabajador laboraba, puede ser hasta una biblioteca jurídica.

[1]  Santillán Delgado, G.; Robles Cardoso R. & García Rosas, A. (2018). Fundamentos teóricos en la enseñanza de la teoría del delito en el sistema jurídico mexicano. Revista Derecho Penal y Criminología, Volumen 107, p. 106.

[2] Cfr. DOF: 23/04/2012. Acuerdo A/078/12. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. Procuraduría General de la República.

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