La ley que reforma la situación laboral de los prestadores de servicios en plataformas digitales, de manera general y particular, se aprobó por unanimidad de votos en la Cámara de Diputados. El dictamen remitido este pasado 10 de diciembre, reconoce dentro de La Ley Federal del Trabajo (LFT), la afiliación de quienes operen en aplicaciones como DiDi, Uber, o Rappi de manera formal con este tipo de empresas, adquiriendo las prestaciones que por ley les corresponda.
El documento que agrega los artículos 49, 50, 127, un capítulo IX Bis, así como artículo 997-B, a la LFT, se avaló en lo general en la Cámara por 462 votos, 389 en lo particular a favor y 65 en contra, mismo que se remitió a los Senadores para efectos constitucionales.
La reforma en plataformas digitales propone sistematizar el conjunto de mecanismos, aplicaciones informáticas que involucre la prestación de servicios por parte de choferes y repartidores a terceros, y los define como personas trabajadoras subordinadas laboralmente, a una persona física o moral que posea la empresa o plataforma digital. De esta manera, se estima que se afilie al Seguro Social en primera instancia, a más de 272,000 trabajadores, que estarán debidamente protegidos por accidentes de trabajo, así como provistos de todos sus derechos laborales.
Se reconoce al trabajo en plataformas digitales, como a una relación laboral subordinada, a aquella que surja entre una persona física o moral que realice alguna actividad remunerada en la que se involucre una tecnología de la información o comunicación, y entre un prestador de servicio a quien se tenga bajo mando y supervisión durante una jornada determinada.
La reforma en la LFT estipula además, reglas para el reparto de utilidades de acuerdo a la Constitución y conforme al tiempo efectivamente laborado, el cual deberá ser superior a 288 horas al año.
Otra de las particularidades de la propuesta, es el definir distinciones claras respecto a la relación entre los usuarios, consumidores, o beneficiarios de tareas, servicios y trabajos, a quienes no se les considerará como empleadores, y las personas trabajadoras, mismas que decidirán el tiempo que invierten laborando en cada plataforma.
El Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral estará encargado de la autorización y el registro de contratos, y será quien establezca las sanciones correspondientes a los empleadores que incumplan con las obligaciones según la LFT, la cual exige con esta reforma, que las personas trabajadoras reciban un día de descanso semanal, vacaciones, prima vacacional y aguinaldo.
La reforma a la LFT respecto al trabajo en plataformas digitales incluye una perspectiva de género, la cual protege a las personas trabajadoras de cualquier tipo de discriminación, acoso, o violencia sexual, que pudiera interferir con su desempeño laboral, así como en el ámbito familiar y privado.
En términos precisos, la regulación de plataformas digitales, prohíbe a los empleadores, el cobro a los trabajadores por cualquier tipo de costo de inscripción, uso, separación, o conceptos operativos similares, en relación a la actividad remunerada en la que ambos se involucren. La LFT sancionará a las empresas que intenten generar simulaciones o encubrimientos a través de los cuales se intente desvirtuar el vínculo laboral, utilizando contratos de carácter civil o mercantil, para manipular el ingreso de los prestadores de servicios y despojarlos de sus derechos constitucionales.
De manera inicial, se implementará un programa piloto en el cual el Consejo Técnico del Seguro Social, de la mano con el Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda, presentarán las reglas generales que garanticen el cumplimiento de las obligaciones contenidas en las Fracciones V y VI del artículo 291-K, de la mencionada Ley, y de este modo se afilie a los miles de trabajadores que laboran en este tipo de actividad comercial.
La necesidad de reformar la Ley Federal del Trabajo respecto a este tipo de rubro surge, pues se estima que más de 650 mil personas laboran al margen de la ley en este tipo de actividad, y por mucho tiempo los legisladores habían hecho caso omiso al tema.