Mayoría calificada y mayoría simple

- Artículos - mayo 2, 2022
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Para poder comprender los términos de mayoría calificada y mayoría simple, debemos recordar que el Congreso de la Unión conforma el Poder Legislativo de nuestro país y está compuesto por la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados.

El proceso legislativo en México es el conjunto de actos y procedimientos que se realizan para la formación de leyes, reformar la Constitución y los ordenamientos jurídicos secundarios, y en el ejercicio de la democracia, la votación es parte fundante para la promulgación de leyes y es la forma en que los legisladores expresan su decisión personal sobre determinados asuntos hasta la aprobación o rechazo de una nueva legislación.

Una propuesta de ley o reforma pasa por los siguientes actos:

  • Cámara de origen
  • Presentación de iniciativa
  • Dictamen
  • Discusión
  • Votación en lo General
  • Votación en lo Particular
  • Cámara Revisora
  • Promulgación

Hablando de votaciones, la mayoría calificada es la que exige un porcentaje especial de votación. En el Congreso de la Unión ésta corresponde a las dos terceras partes, cuando menos, de los legisladores que se encuentran presentes en el salón de plenos de alguna de las Cámaras del Congreso al momento de realizar una votación.

Considerando que la Cámara de Diputados está integrada por 500 legisladores, se requieren 334 votos para alcanzar una mayoría calificada (o un número menor, según el total de asistentes a la sesión) y en la Cámara de Senadores se requerirían 85 de 128 legisladores para lograr dicha mayoría, variando el número en función de los senadores presentes en la sesión de pleno.

Las adiciones o reformas a la Constitución implican una mayoría calificada.

La mayoría simple es el porcentaje de votación que corresponde al mayor número de votos de los legisladores que se encuentren presentes en el salón de plenos de alguna de las cámaras, y no a la mayoría de los integrantes de la Cámara que se trate.

En el Congreso de la Unión existen tres tipos de votaciones:

Nominales: son aquellas en las que se registra e identifica el nombre del legislador y el sentido en el que vota; para ello se utiliza el sistema electrónico de votación, que consiste en que los legisladores, desde su curul, pulsan un botón de acuerdo al sentido de su voto; posteriormente éste aparece en el tablero electrónico que se encuentra a un lado de la tribuna. Deben ser nominales las votaciones para aprobar proyectos de ley o decreto, ya sea en lo general o en lo particular.

Económicas: son aquellas en las que los legisladores manifiestan a mano alzada el sentido de su voto; si la diferencia entre los votos a favor y en contra no excede de tres, se tomará votación nominal. Cualquier miembro de la Asamblea, con el apoyo de otros 5 legisladores, puede solicitar que un asunto se decida por votación nominal en lugar de votación económica.

Por cédula: son aquellas que se llevan a cabo para elegir personas, por ejemplo, a los integrantes de la Mesa Directiva o a los legisladores que integrarán la Comisión Permanente. Para el efecto, se distribuyen cédulas con los nombres de los aspirantes a ocupar el o los cargos y los legisladores son llamados en orden alfabético por la Secretaría para pasar a depositarla en un ánfora. Al concluir la votación, la Secretaría realiza el cómputo e informa de los resultados al Presidente, el que hace la declaratoria y dicta el trámite correspondiente. Recientemente, en algunos casos la votación por cédula ha sido sustituida por votación mediante el sistema electrónico. Para ello, la Secretaría da lectura a la lista de nombres propuestos y procede a tomar la votación mediante sistema.

La base de la democracia y el establecimiento de un Estado de Derecho están en las votaciones que se llevan a cabo en las Legislaturas del Congreso de la Unión que está facultado para legislar en todos los asuntos del Estado mexicano.

Fuentes y sitios de interés:

Sistema de Información Legislativa de la Secretaría de Gobernación.

Senado de la República.

https://www.senado.gob.mx/64/sobre_el_senado/proceso_legislativo

Dirección General del Centro de Documentación, Información y Análisis de la Cámara de Diputados.

http://www.diputados.gob.mx/bibliot/publica/otras/diccjur/dic%20m.htm#a7

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