El Instituto Nacional Electoral (INE) es un órgano autónomo y constitucional de México con funciones de máxima autoridad electoral. El INE es responsable de celebrar y regular los procesos electorales y nombrar las directrices a las que se sujetarán los participantes de dichos procesos.
El reglamento vigente de elecciones fue aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo General del INE, celebrada el 7 de septiembre de 2016, y está conformado por 4 libros divididos en capítulos y en total son 443 artículos, más los transitorios.
Este reglamento es de observancia general y obligatoria para el INE, los Organismos Públicos Locales de las entidades federativas, los partidos políticos, precandidatos, aspirantes a candidatos independientes, candidatos, así como para las personas físicas y morales vinculadas a alguna etapa o procedimiento regulado en este ordenamiento.
Las disposiciones de este reglamento se sustentan en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y son aplicables en armonía con lo previsto en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Federal de Consulta Popular, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, las legislaciones locales electorales y demás reglamentos y acuerdos que emita el INE.
Las disposiciones de este reglamento regulan lo siguiente:
- Elaboración, desarrollo y publicidad del sistema de seguimiento al desarrollo de la jornada electoral;
- Registro de representantes de partidos políticos y candidatos independientes ante las mesas directivas de casilla y generales;
- Mecanismos de recolección de documentación de casillas electorales al término de la jornada electoral;
- Conteo, sellado y agrupamiento de boletas electorales; distribución de la documentación y materiales electorales a presidentes de mesas directivas de casilla y recepción de paquetes electorales en la sede de los consejos, al término de la jornada electoral;
- Realización del escrutinio y cómputo de los votos en las casillas;
- Realización de los cómputos municipales, distritales y de entidad federativa;
- Registro de coaliciones, y
- Designación de los consejeros electorales distritales y municipales, así como de los servidores públicos titulares de las áreas ejecutivas de dirección de los Organismos Públicos Locales.
Todo proceso electoral en el que intervenga el INE, deberá sustentarse en un plan integral y calendario que deberá ser aprobado por el Consejo General, el cual constituirá la herramienta de planeación, coordinación, ejecución, seguimiento y control, por medio de la cual se guiarán las actividades a desarrollar en el proceso electoral que corresponda.
El ejercicio de la democracia no se reduce a las prácticas electorales, pero el indicador fundamental de las sociedades democráticas es la realización de elecciones libres. Las elecciones cumplen la función de promover una sucesión del poder de manera pacífica y ordenada, y permiten mantener, al menos de manera más clara y más continua que en los regímenes no democráticos, la estabilidad política y la paz social.
Las condiciones mínimas para garantizar un proceso electoral limpio son:
- Padrón electoral confiable
- Credencialización
- Autoridades electorales imparciales
- Vigilancia del proceso
- Información oportuna sobre el resultado de la elección
- Un órgano calificador imparcial
- Tipificación y penalización de los delitos electorales
Las campañas electorales son el proceso a través del cual los contendientes buscan apoyo electoral para acceder a cargos públicos. Cada estado cuenta con legislaciones electorales locales, pero a grandes rasgos una campaña electoral es el conjunto de actividades llevadas a cabo por los partidos políticos, coaliciones y candidatos para la obtención del voto desde el registro de candidatos hasta cuatro días antes de la jornada electoral.
Las campañas electorales se iniciarán el día que se aprueben los registros de las candidaturas que presenten los partidos políticos o coaliciones, concluyendo el cuarto día anterior al de la jornada electoral.
La propaganda electoral deberá de tener como finalidad la exposición, desarrollo y discusión ante el electorado de los programas y acciones, tanto de los candidatos, los partidos políticos, así como de las coaliciones y sus respectivas plataformas electorales.
Los partidos políticos o las coaliciones podrán utilizar cualquier medio de difusión masiva, ya sea empleando las que les den acceso gratuito a ellos o con el financiamiento que obtenga.
La función de los procesos electorales, como fuente de legitimidad de los gobiernos que son producto de ellos, ha crecido en los ámbitos nacional e internacional y estimula la cultura política democrática, por lo que ejercer el derecho y obligación de voto es fundamental para establecer un gobierno verdaderamente democrático.
Fuente y sitio de interés:
Instituto Nacional Electoral
https://www.ine.mx/wp-content/uploads/2018/03/Reglamento-de-Elecciones-01-03-18.pdf
https://portalanterior.ine.mx/documentos/DECEYEC/elecciones_y_democracia.htm