{"id":1506,"date":"2024-12-04T17:41:19","date_gmt":"2024-12-04T17:41:19","guid":{"rendered":"https:\/\/www.colegiojurista.com\/blog\/?p=1506"},"modified":"2024-12-04T17:47:27","modified_gmt":"2024-12-04T17:47:27","slug":"izazaga-89-ley-de-extincion-dominio-contrabando-chino","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/colegiojurista.com\/blog\/art\/izazaga-89-ley-de-extincion-dominio-contrabando-chino\/","title":{"rendered":"Izazaga 89: \u00bfC\u00f3mo se aplica la Ley de Extinci\u00f3n de Dominio para combatir el contrabando?"},"content":{"rendered":"\n<p>Para comprender lo que sucedi\u00f3 recientemente en el edificio<strong> Izazaga 89 <\/strong>en el Centro Hist\u00f3rico de la Ciudad de M\u00e9xico, donde <strong>Marcelo Ebrard, Secretario de Econom\u00eda<\/strong> decidi\u00f3 tomar medidas legales para combatir el creciente contrabando de productos ap\u00f3crifos de origen chino, se debe entender la <strong>Ley de Extinci\u00f3n de Dominio (LED)<\/strong>, promulgada en el pa\u00eds desde el 9 de agosto del 2019.<\/p>\n\n\n\n<p>Derivado de la incautaci\u00f3n de alrededor de <strong>262,000 art\u00edculos<\/strong> imitaci\u00f3n de marcas reconocidas y protegidas por las leyes internacionales de protecci\u00f3n industrial en las instalaciones del antes mencionado edificio, el Secretario de Econom\u00eda decidi\u00f3 iniciar una denuncia ante la <strong>Fiscal\u00eda Especializada de Extinci\u00f3n de Dominio de la Fiscal\u00eda General de la Rep\u00fablica (FGR)<\/strong>, en contra de los propietarios del inmueble, quienes permitieron que se utilizara para la venta de contrabando proveniente del oriente. Los propietarios, por consiguiente, est\u00e1n en <strong>riesgo de perder la propiedad.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La LED, promulgada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n durante el gobierno de la 4T, como una estrategia para <strong>combatir la corrupci\u00f3n y el lavado de dinero<\/strong>, modifica por Decreto otras leyes, tales como el <strong>C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales<\/strong>. De igual forma <strong>abroga la Ley Federal de Extinci\u00f3n de Dominio<\/strong> del mismo modo en cada entidad federativa, derogando todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que se pudieran oponer al Decreto.<\/p>\n\n\n\n<p>Las disposiciones de la LED incluyen el combate a la corrupci\u00f3n por parte de personas, entidades privadas y servidores p\u00fablicos, as\u00ed como otras conductas como el encubrimiento, operaciones con recursos de procedencia il\u00edcita y delitos en materia de hidrocarburos, petrol\u00edferos y petroqu\u00edmicos, que pudieran ser objeto susceptible a la extinci\u00f3n de dominio. &nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>De acuerdo a la LED, los bienes que pudieran estar sujetos a la Extinci\u00f3n de dominio son los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<ul>\n<li><strong>(i)<\/strong> bienes que provengan de la transformaci\u00f3n o conversi\u00f3n, parcial o total, f\u00edsica o jur\u00eddica del producto, instrumentos u objeto material de hechos il\u00edcitos a que se refiere el p\u00e1rrafo cuarto del art\u00edculo 22 de la Constituci\u00f3n (v.gr. corrupci\u00f3n, encubrimiento, cr\u00edmenes cometidos por servidores p\u00fablicos, crimen organizado, robo de veh\u00edculo, operaciones con recursos de procedencia il\u00edcita, cr\u00edmenes contra la salud, secuestro, extorsi\u00f3n, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrol\u00edferos y petroqu\u00edmicos);<\/li>\n\n\n\n<li><strong>(ii)<\/strong> bienes de procedencia l\u00edcita utilizados para ocultar otros bienes de origen il\u00edcito, o mezclados material o jur\u00eddicamente con bienes de il\u00edcita procedencia;<\/li>\n\n\n\n<li><strong>(iii)<\/strong> bienes respecto de los cuales no se acredite su procedencia l\u00edcita;<\/li>\n\n\n\n<li><strong>(iv)<\/strong> bienes utilizados para la comisi\u00f3n de hechos il\u00edcitos por un tercero, si su due\u00f1o tuvo conocimiento de ello y no lo notific\u00f3 a la autoridad por cualquier medio o tampoco hizo algo para impedirlo, y<\/li>\n\n\n\n<li><strong>(v)<\/strong> bienes que constituyan ingresos, rentas, productos, rendimientos, frutos, accesorios, ganancias y otros beneficios derivados de los bienes a que se refieren los apartados anteriores.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p>La acci\u00f3n penal de la LED corresponde al <strong>Ministerio P\u00fablico <\/strong>y se procede a trav\u00e9s de un proceso jurisdiccional de car\u00e1cter civil y patrimonial por medio de la oralidad, mediante v\u00edas especiales respectivas a los bienes antes mencionados, sobre quien sea que los posea o haya adquirido.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de Izazaga 89, el Secretario de Econom\u00eda, Marcelo Ebrard, dio inicio al proceso, que como sucede con este tipo de ejercicios, constar\u00e1 de dos etapas: una preparatoria a cargo del MP, qui\u00e9n investigar\u00e1 y acreditar\u00e1 los elementos de la acci\u00f3n de extinci\u00f3n de dominio de acuerdo a los t\u00e9rminos de la LED, seguida por otra de car\u00e1cter judicial, en la cual se comprenden las fases de admisi\u00f3n, notificaci\u00f3n, contestaci\u00f3n de la demanda, audiencia inicial, audiencia principal, recursos y ejecuci\u00f3n de la sentencia.<\/p>\n\n\n\n<p>La aplicaci\u00f3n de la LED en contra de los empresarios, El\u00edas y Abraham Helfon Daniel en el caso Izazaga 89, donde se ha hecho evidente el problema del contrabando de mercanc\u00eda ap\u00f3crifa proveniente de naciones como <strong>China, Bangladesh, Malasia, Indonesia, y Vietnam,<\/strong> el cual no solo viola las leyes arancelarias mexicanas, sino que tambi\u00e9n vulnera los derechos de propiedad intelectual e industrial, construye de manera legal, una atm\u00f3sfera m\u00e1s justa en materia comercial, marcando la pauta hacia un pa\u00eds menos corrupto y mejor alineado a las pol\u00edticas comerciales internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Este caso, en el cual se asegur\u00f3 mercanc\u00eda con valor aproximado a <strong>7.5 millones de pesos<\/strong> ser\u00e1 quiz\u00e1 la punta de un iceberg, el cual revela las enormes irregularidades en materia comercial, enriquecimiento il\u00edcito y corrupci\u00f3n, que a\u00fan afectan a nuestro pa\u00eds.\u00a0<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Para comprender lo que sucedi\u00f3 recientemente en el edificio Izazaga 89 en el Centro Hist\u00f3rico de la Ciudad de M\u00e9xico, donde Marcelo Ebrard, Secretario de Econom\u00eda decidi\u00f3 tomar medidas legales para combatir el creciente contrabando de productos ap\u00f3crifos de origen chino, se debe entender la Ley de Extinci\u00f3n de Dominio (LED).<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1507,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"bgseo_title":"Ley de Extinci\u00f3n de Dominio para combatir el 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